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Envíos del exterior por menos de USD 200: qué cambió tras la sentencia que tumbó el IVA de la emergencia económica — escrito por Alejandro Herazo Mejía

28 de julio de 20264 min de lectura
Envíos del exterior por menos de USD 200: qué cambió tras la sentencia que tumbó el IVA de la emergencia económica — escrito por Alejandro Herazo Mejía
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Contenido informativo basado en fuentes oficiales. No constituye asesoría aduanera ni tributaria.

Qué pasó (norma y sentencia)

A finales de 2025, en el marco de la emergencia económica, el Gobierno expidió el Decreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025, que reducía el umbral de exención del IVA para los envíos del exterior por tráfico postal y envíos urgentes, llevándolo de USD 200 a USD 50 a partir del 1 de enero de 2026. En la práctica, muchas compras internacionales de bajo valor empezaron a pagar el 19 % de IVA.

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-079 de 2026, declaró inexequible ese Decreto Legislativo 1474 de 2025. La decisión se apoyó en que la Corte ya había declarado inexequible el decreto de emergencia que le servía de fundamento (Sentencia C-075 de 2026). Al caer el decreto, desaparece la reducción a USD 50 y vuelve a regir el marco ordinario del Decreto 1165 de 2019.

Cuál es la regla vigente hoy

Según la información oficial de la DIAN sobre la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, el marco aplicable es el siguiente: los tributos aduaneros de estos envíos corresponden a un gravamen arancelario del 10 % sobre el valor FOB (incluidos fletes y seguros) más el 19 % de IVA. Sin embargo, cuando el valor FOB del envío es igual o inferior a USD 200, no paga gravamen arancelario, y además no paga IVA cuando procede de un país con el cual Colombia tenga un acuerdo o tratado de libre comercio que obligue expresamente a no cobrarlo y el envío no tenga fines comerciales. Los envíos de correspondencia no pagan tributos aduaneros.

Conviene recordar los límites de la modalidad: el valor del envío no debe exceder USD 2.000 ni 50 kilos, y existen restricciones y prohibiciones específicas (por ejemplo, un solo teléfono móvil por envío y topes para medicamentos o alimentos sujetos a INVIMA o ICA).

A quién aplica

Interesa a cualquier emprendedor que importe por tráfico postal o mensajería especializada: quien trae muestras, insumos, repuestos o inventario de bajo valor, y quien opera modelos de comercio electrónico o dropshipping. También es útil para entender el costo real de comprar en plataformas internacionales, porque el precio de la vitrina no incluye los tributos de nacionalización.

Novedades y efectos prácticos

La novedad es doble: por un lado, cae la reducción del umbral a USD 50 que aplicó transitoriamente a inicios de 2026; por otro, la Corte ordenó que los tributos indirectos pagados al amparo del decreto anulado se manejen conforme a los mecanismos legales de devolución, para lo cual la DIAN debe aplicar los procedimientos existentes. Para el emprendedor, el efecto inmediato es que el punto de referencia de USD 200 vuelve a ser el relevante para el gravamen arancelario en estos envíos.

Ventajas y desventajas (informativo)

Del lado favorable, el retorno al umbral de USD 200 reduce el costo de nacionalizar envíos pequeños y da mayor previsibilidad a quien importa insumos o muestras. Del lado a considerar, la exención de IVA no es automática por estar bajo USD 200: depende de que el envío provenga de un país con TLC que obligue a no cobrarlo y de que no tenga fines comerciales; si el envío es comercial, puede causar IVA aunque su valor sea bajo. Además, fraccionar envíos para simular valores menores es una práctica expresamente vigilada.

Una interpretación para el emprendedor

En términos prácticos, si usted importa por tráfico postal o envíos urgentes, conviene verificar el valor FOB de cada envío frente al umbral de USD 200, confirmar el origen de la mercancía y si aplica un TLC, y tener presente que un envío con fines comerciales puede causar IVA aunque su valor sea bajo; ante la duda sobre la liquidación de un envío puntual, la fuente a consultar es la página oficial de la DIAN y el Decreto 1165 de 2019, no el precio que muestra la plataforma de compra.

Cómo verificarlo (fuentes oficiales)

DIAN — Modalidad de tráfico postal y envíos urgentes (tributos y umbral USD 200): https://www.dian.gov.co/Viajeros-y-Servicios-aduaneros/Paginas/Modalidad-de-trafico-postal-y-envios-urgentes.aspx

Corte Constitucional — Relatoría, Sentencia C-079 de 2026 (inexequibilidad del Decreto Legislativo 1474 de 2025): https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/

Decreto 1165 de 2019 (régimen aduanero) — Normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/decreto_1165_2019.htm

Jefe editorial: Alejandro Herazo Mejía — Contador Público, Especialista en Gerencia Tributaria, Magíster en Auditoría, Doctorando en Economía y Finanzas.

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