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Actualidad Tributaria

IVA bimestral mayo–junio de 2026: los plazos vencen entre el 9 y el 23 de julio

11 de julio de 20264 min de lectura
IVA bimestral mayo–junio de 2026: los plazos vencen entre el 9 y el 23 de julio
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IVA bimestral mayo–junio de 2026: los plazos vencen entre el 9 y el 23 de julio

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Contenido informativo basado en fuentes oficiales. No constituye asesoría.

Estamos en plena ventana de vencimientos. Los responsables de IVA con periodicidad bimestral deben presentar y pagar la declaración del bimestre mayo–junio de 2026 entre el 9 y el 23 de julio de 2026, según el último dígito del NIT. A continuación se explica qué dice la norma, a quién aplica y qué conviene tener presente.

Qué dice la norma

De acuerdo con el Comunicado de Prensa No. 128 de la DIAN (26 de diciembre de 2025), que difunde el calendario tributario 2026 fijado con base en el Decreto 2229 de 2023, los responsables de IVA con periodicidad bimestral tienen los siguientes plazos por bimestre:

•       Enero – febrero: del 10 al 24 de marzo de 2026.

•       Marzo – abril: del 12 al 26 de mayo de 2026.

•       Mayo – junio: del 9 al 23 de julio de 2026.

•       Julio – agosto: del 9 al 22 de septiembre de 2026.

•       Septiembre – octubre: del 11 al 25 de noviembre de 2026.

•       Noviembre – diciembre: del 13 al 26 de enero de 2027.

Los plazos se distribuyen entre el séptimo y el décimo sexto día hábil del mes correspondiente, y la fecha exacta de cada contribuyente depende del último dígito del NIT.

A quién aplica

La periodicidad bimestral del IVA aplica a los grandes contribuyentes y a las personas jurídicas y naturales responsables del IVA cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2025 hayan sido iguales o superiores a 92.000 UVT, es decir, $4.581.508.000. También aplica a los productores y exportadores de bienes y servicios exentos, y a los responsables de IVA por la prestación del servicio telefónico.

Los responsables de IVA cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre de 2025 fueron inferiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000) declaran con periodicidad cuatrimestral; para ellos el primer periodo (enero–abril) venció entre el 12 y el 26 de mayo de 2026, y el siguiente (mayo–agosto) vence entre el 9 y el 22 de septiembre de 2026. Es decir, quien declara por cuatrimestre no tiene vencimiento de IVA en julio.

Para referencia, la UVT aplicable en 2026 es de $52.374, fijada mediante la Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025 de la DIAN.

Posibles cambios o novedades

El calendario 2026 mantiene el conteo de plazos en días hábiles que introdujo el Decreto 2229 de 2023, por lo que las fechas ya no coinciden con un día fijo del mes, sino que se corren según el calendario laboral de cada año. Por eso el bimestre mayo–junio de 2026 abre el 9 de julio y cierra el 23 de julio. Cualquier ajuste posterior del calendario se publica en el portal oficial de la DIAN, por lo que conviene verificar la fecha propia antes de declarar.

Ventajas y desventajas (informativo)

Declarar de forma bimestral implica un flujo de cumplimiento más frecuente —seis declaraciones al año— lo que supone mayor carga operativa, pero también permite depurar el IVA en periodos más cortos y detectar antes saldos a favor o inconsistencias. Presentar sin pagar dentro del plazo hace que la declaración se tenga por presentada, pero genera intereses de mora sobre el saldo pendiente; declarar fuera de plazo acarrea, además, sanción por extemporaneidad conforme al Estatuto Tributario. Conocer el último dígito del NIT y la fecha propia evita concentrar el trámite en el último día.

Una interpretación para el emprendedor

Si su empresa está clasificada como responsable de IVA con periodicidad bimestral, la declaración del bimestre mayo–junio de 2026 tiene un plazo que corre entre el 9 y el 23 de julio, y su fecha puntual la determina el último dígito del NIT; una opción prudente es confirmar esa fecha en el calendario oficial de la DIAN y preparar la información con antelación para presentar y, en lo posible, pagar dentro del término, evitando intereses de mora y sanciones.

Cómo verificarlo (fuentes oficiales)

•       DIAN — Comunicado de Prensa No. 128 (26-12-2025), calendario tributario 2026: ver comunicado

•       DIAN — Calendario Tributario 2026 (portal oficial): dian.gov.co/CalendarioTributario

•       DIAN — Resolución 000238 del 15-12-2025 (UVT 2026 = $52.374): ver resolución

•       Función Pública — Decreto 2229 de 2023 (plazos en días hábiles): gestor normativo


Jefe editorial: Alejandro Herazo — Contador Público, Especialista en Gerencia Tributaria, Magíster en Auditoría, Doctorando en Economía y Finanzas.

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