Jornada laboral de 42 horas: el último paso de la Ley 2101 ya rige desde el 15 de julio de 2026 — escrito por Alejandro Herazo Mejía
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Uno de los cambios laborales más relevantes de 2026 para el sector privado ya entró en vigor: desde el 15 de julio la jornada máxima legal en Colombia es de 42 horas semanales. Con esta etapa culmina el cronograma de reducción gradual que trazó la Ley 2101 de 2021, sin que ello implique rebaja del salario ni de las prestaciones.
Qué dice la norma
La Ley 2101 de 2021 fijó la reducción gradual de la jornada laboral máxima legal, de 48 a 42 horas semanales, sin disminuir la remuneración. Su artículo 3 (Implementación gradual) estableció un cronograma escalonado: 47 horas a partir del 15 de julio de 2023, 46 horas desde el 15 de julio de 2024, 44 horas desde el 15 de julio de 2025 y la etapa final de 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026, hoy vigente.
La norma es expresa en que la disminución de la jornada no implica reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni del valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones a favor del trabajador. Las 42 horas pueden distribuirse en cinco o seis días a la semana, según acuerdo entre empleador y trabajador.
A quién aplica
Aplica a las relaciones laborales del sector privado reguladas por el Código Sustantivo del Trabajo. La jornada máxima ordinaria pasó a 42 horas semanales; el tiempo trabajado por encima de ese límite, cuando el empleador lo autoriza, se reconoce como trabajo suplementario (horas extra) con los recargos legales. Los cargos de dirección, confianza o manejo están excluidos de la jornada máxima, conforme al artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo.
Posibles cambios o novedades
Con esta cuarta etapa culmina el cronograma previsto en la Ley 2101 de 2021; bajo esta ley no quedan reducciones adicionales pendientes. El punto de atención para 2026 es operativo: reorganizar turnos y parametrizar la nómina para que el conteo semanal se calcule sobre 42 horas y no sobre 44. El valor de la hora ordinaria se mantiene: para un trabajador con salario mínimo mensual de $1.750.905 (Decreto 1469 de 2025), la hora ordinaria resulta de dividir el salario mensual entre 240, es decir, $7.295,4, y ese valor no baja por la reducción de la jornada.
Ventajas y desventajas (informativo)
Entre los aspectos favorables, la norma reduce el tiempo de trabajo sin afectar el salario, lo que puede incidir en el bienestar y la productividad. Para el empleador, la flexibilidad de distribuir las 42 horas en cinco o seis días permite adaptar los turnos a la operación.
Entre los retos, una organización que mantenga la misma carga operativa puede ver un aumento de horas extra y, por tanto, de costos de nómina si no ajusta la programación de turnos. La reducción también exige actualizar reglamentos internos de trabajo, contratos y el software de liquidación de nómina.
Una interpretación para el emprendedor
Desde el 15 de julio de 2026 la jornada ordinaria máxima en el sector privado es de 42 horas semanales y el salario se mantiene igual; en la práctica, esto significa que el emprendedor puede revisar cómo distribuye los turnos de su equipo para cubrir la operación dentro de ese límite, teniendo presente que las horas trabajadas por encima de 42 se liquidan como trabajo suplementario.
Cómo verificarlo (fuentes oficiales)
• Ley 2101 de 2021 (Gestor Normativo, Función Pública): https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=166506
• MinTrabajo – La reducción de la jornada laboral semanal avanza: https://www.mintrabajo.gov.co/comunicados/2024/julio/la-reduccion-de-la-jornada-laboral-semanal-avanza
• MinTrabajo – Jornadas laborales permitidas en Colombia / Ley 2101 de 2021: https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/69018513/JORNADAS+LABORALES+PERMITIDAS+EN+COLOMBIA+REDUCCION+DE+JORNADA+MAXIMA+LEGAL+LEY+2101+DE+2021.pdf