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Cómo liquidar las prestaciones sociales en 2026: guía práctica con el salario mínimo vigente — escrito por Alejandro Herazo Mejía

6 de agosto de 20263 min de lectura
Cómo liquidar las prestaciones sociales en 2026: guía práctica con el salario mínimo vigente — escrito por Alejandro Herazo Mejía
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Contenido informativo basado en fuentes oficiales. No constituye asesoría.

Por qué es importante hoy

Todo emprendedor que tiene al menos un trabajador debe reconocer y liquidar sus prestaciones sociales. Con el salario mínimo de 2026 ya en firme —tras la decisión del Consejo de Estado que dejó vigente el decreto—, conviene tener claro cómo se calculan las cuatro prestaciones básicas para no cometer errores de nómina que luego generen sanciones o reclamaciones.

Las cifras de partida (vigentes en 2026)

Para 2026, el salario mínimo mensual legal vigente (SMLMV) es de $1.750.905 y el auxilio de transporte es de $249.095 (este último se paga a quienes devengan hasta dos salarios mínimos). Un trabajador que gana un salario mínimo y tiene derecho al auxilio recibe una base mensual de $2.000.000 para efectos de varias prestaciones.

Qué dice la norma y cómo se calcula cada prestación

Las prestaciones sociales están reguladas principalmente en el Código Sustantivo del Trabajo (CST). Estas son las cuatro básicas, con su fórmula:

  1. Cesantías (art. 249 CST): un mes de salario por año; base incluye el auxilio de transporte. Fórmula: (salario + auxilio) × días ÷ 360.

  2. 2. Intereses sobre las cesantías (Ley 52 de 1975): 12% anual sobre las cesantías. Se pagan a más tardar el 31 de enero del año siguiente. Fórmula: cesantías × días × 12% ÷ 360.

  3. 3. Prima de servicios (art. 306 CST): un mes de salario por año, en dos cuotas (junio y diciembre); base incluye el auxilio. Fórmula: (salario + auxilio) × días ÷ 360.

  4. 4. Vacaciones (art. 186 CST): 15 días hábiles por año; no incluyen el auxilio de transporte. Fórmula: salario × días ÷ 720.

  5. ## A quién aplica

  6. Aplica a todo empleador —persona natural o jurídica— con trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo. No aplica a contratistas por prestación de servicios, aunque si en la práctica existe subordinación, horario y salario, podría configurarse un contrato realidad y con él la obligación de pagar prestaciones.

  7. ## Ejemplo práctico (salario mínimo, año completo 2026)

  8. Trabajador que devenga $1.750.905, con auxilio de transporte y 360 días trabajados:

  9. - Cesantías: ($1.750.905 + $249.095) × 360 ÷ 360 = $2.000.000.

  10. Intereses a las cesantías: $2.000.000 × 12% = $240.000.

  11. Prima de servicios: ($1.750.905 + $249.095) = $2.000.000 (las dos cuotas del año).

  12. Vacaciones: $1.750.905 × 360 ÷ 720 = $875.452 (15 días de salario).

En un año completo, estas prestaciones representan aproximadamente $5.115.452 adicionales al salario, sin contar aportes a seguridad social y parafiscales.

Ventajas y desventajas de liquidar correctamente

Liquidar bien y a tiempo evita sanciones por no consignar las cesantías (que pueden equivaler a un día de salario por cada día de retardo) y previene demandas laborales. La contrapartida es que el costo real de un empleado supera el salario nominal: a las prestaciones se suman los aportes, por lo que conviene presupuestar el costo total antes de contratar.

Interpretación para el emprendedor

Antes de contratar, calcule el costo total anual de cada empleado sumando salario, prestaciones y aportes; como referencia, un trabajador con salario mínimo cuesta al año bastante más que doce salarios, así que planee el flujo de caja para consignar las cesantías en febrero y pagar la prima en junio y diciembre sin sobresaltos.

Cómo verificarlo (fuentes oficiales)

  • Código Sustantivo del Trabajo (arts. 186, 249, 306) — Función Pública / Gestor Normativo: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=33104

  • Decreto 1469 de 2025 (salario mínimo 2026) — Presidencia: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa

  • Decreto 1470 de 2025 (auxilio de transporte 2026) — Presidencia: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa

  • Ministerio del Trabajo — Prestaciones sociales: https://www.mintrabajo.gov.co

Jefe editorial: Alejandro Herazo Mejía — Contador Público, Especialista en Gerencia Tributaria, Magíster en Auditoría, Doctorando en Economía y Finanzas.

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