Lo que pasó
La reforma laboral (Ley 2466 de 2025) dejó de ser un texto en el papel: ya está entrando en vigencia por etapas y el Ministerio del Trabajo la está desarrollando con una tanda de decretos reglamentarios. Entre junio y julio de 2026 se expidieron los Decretos 0658, 0659, 0660, 0661 y 0720 de 2026, que aterrizan varios de los artículos de la ley y marcan cómo deben cumplirla las empresas.
Para el emprendedor con empleados, agosto llega con dos frentes que corren en paralelo: el laboral, con la reforma ya operando, y el tributario, con el calendario de la DIAN reactivándose desde mediados de mes.
Qué dicen los nuevos decretos (en corto)
Cruzando el texto de la Ley 2466 de 2025 con lo reglamentado, esto es lo esencial:
Decreto 0658 de 2026: reglamenta el artículo 41 de la Ley 2466 y desarrolla el régimen de contratación laboral de quienes trabajan en artes y cultura. Relevante si contratas artistas, técnicos o gestores culturales por proyecto.
Decreto 0659 de 2026: reglamenta el parágrafo 6 del artículo 34 y crea los lineamientos del Programa de Empleo Nocturno (PEN): formalización, capacitación y certificación de competencias para actividades nocturnas. Toca a restaurantes, bares, vigilancia, transporte y comercio con turnos nocturnos.
Decreto 0660 de 2026: añade un capítulo al Decreto Único 1072 de 2015 sobre derechos laborales y seguridad social de periodistas y comunicadores.
Decreto 0661 de 2026: modifica el Decreto 1072 de 2015 en materia de contrato sindical y dicta medidas para prevenir la intermediación laboral ilegal. Ojo: si tercerizas personal, revisa que no estés en zona de riesgo.
Decreto 0720 de 2026 (MinTrabajo, 7 de julio): continúa el paquete reglamentario del sector trabajo.
Estos decretos se suman a los cambios estructurales que ya operan en 2026: la jornada máxima de 42 horas semanales (desde el 15 de julio), el recargo nocturno que arranca a las 7:00 p.m. (antes 9:00 p.m.) y la cuota de contratación de personas con discapacidad para empresas de más de 100 trabajadores (desde el 25 de junio).
El frente tributario de agosto
Mientras ajustas nómina, no pierdas de vista el calendario de la DIAN. Según el Decreto 2229 de 2023, los vencimientos de agosto empiezan el 12 de agosto para NIT terminados en 01 y 02, e incluyen la retención en la fuente de julio (12 al 26 de agosto) y el Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM (hasta el 18 de agosto). La UVT 2026 es de $52.374 (Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025), valor con el que se calculan sanciones y topes.
El dato del dólar
Al 3 de agosto de 2026, la TRM es de $3.144,14. El peso acumula una apreciación cercana al 18% en el año y la semana pasada el dólar cedió unos $80, tocando niveles no vistos desde 2019. Para agosto, los analistas de Portafolio ven la divisa entre $3.080 y $3.200, con proyecciones de cierre de 2026 en el rango de $3.400 a $3.650. Tres detonantes marcan el mes: la decisión de tasas del Banco de la República, el cambio de gobierno del 7 de agosto y el dato de inflación del 10 de agosto. Si importas insumos o pagas servicios en dólares, es un momento favorable; si exportas, ajusta márgenes con prudencia.
Resumen accionable para emprendedores
Revisa tu nómina contra la reforma: confirma que liquidas la jornada de 42 horas y el recargo nocturno desde las 7:00 p.m.
Si tienes turnos nocturnos, mira el PEN (Decreto 0659): puede traer beneficios de formalización y certificación.
Si tercerizas personal, audita tus contratos frente al Decreto 0661 para no caer en intermediación laboral ilegal.
Marca el calendario DIAN: retención de julio y gasolina/ACPM vencen en agosto; usa la UVT de $52.374.
Aprovecha el dólar bajo para compras de insumos importados; si exportas, cubre tu margen.
En un mes de transición política y normativa, el emprendedor que revisa nómina y calendario a tiempo evita sanciones y protege su caja.
Fuentes
DIAN – Calendario Tributario: dian.gov.co
MinTrabajo – Decretos: mintrabajo.gov.co
Análisis Decretos 0658 a 0661 y 0720 de 2026: allabogados.com
Ámbito Jurídico – Reforma laboral y retos 2026: ambitojuridico.com
Portafolio – Precio del dólar hoy (3 de agosto de 2026): portafolio.co
Banco de la República: banrep.gov.co
Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría contable, tributaria o jurídica profesional.