Segunda cuota de renta de personas jurídicas: el pago vence en julio de 2026
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Aviso: Contenido informativo basado en fuentes oficiales. No constituye asesoría.
Si tu empresa es una sociedad (SAS, Ltda., S.A. y demás personas jurídicas que no son grandes contribuyentes), julio trae un vencimiento que conviene tener marcado en el calendario: el pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta del año gravable 2025. A continuación, lo esencial, verificado en el Calendario Tributario 2026 de la DIAN.
Qué dice la norma
El Calendario Tributario 2026 de la DIAN establece que las personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial que no están calificados como grandes contribuyentes, declaran y pagan el impuesto de renta del año gravable 2025 en dos cuotas iguales.
La primera cuota, junto con la presentación de la declaración, se cumplió entre el 12 y el 26 de mayo de 2026. La segunda cuota se paga entre el 9 y el 23 de julio de 2026. La fecha exacta dentro de ese rango depende del último dígito del NIT de la empresa (sin el dígito de verificación), por lo que cada contribuyente tiene su propio día de vencimiento.
Conviene no confundir este grupo con los grandes contribuyentes, que tienen un calendario distinto en tres cuotas (febrero, abril y junio de 2026).
A quién aplica
Aplica a las personas jurídicas y asimiladas (sociedades comerciales como SAS, Ltda. y S.A., entre otras) y a los contribuyentes del Régimen Tributario Especial que no fueron calificados como grandes contribuyentes para 2026. Es, en la práctica, la mayoría de las empresas pequeñas y medianas del país.
No aplica a personas naturales (que tienen su propio calendario más adelante en el año) ni a quienes tributan bajo el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE), que maneja vencimientos y anticipos propios.
Posibles cambios o novedades
El esquema de dos cuotas y las ventanas por dígito del NIT se mantienen como en años anteriores; la novedad de cada año son las fechas concretas, que para 2026 quedaron fijadas en el rango del 9 al 23 de julio para esta segunda cuota.