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Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría contable, societaria o jurídica profesional.
Por qué esto importa
Cumplir con impuestos no basta: una sociedad tiene un calendario societario y mercantil que, si se descuida, deriva en sanciones, investigaciones e incluso intervención. Para 2026 hubo novedades de la Superintendencia de Sociedades.
1. Renovación de la matrícula mercantil
Según el artículo 33 del Código de Comercio, la fecha máxima para renovar la matrícula ante la Cámara de Comercio fue el 31 de marzo de 2026. Operar sin renovar expone a sanciones. Si se le pasó, regularícelo ya.
2. Reporte de información financiera a Supersociedades
Las sociedades vigiladas o controladas deben enviar estados financieros e información no financiera a la Superintendencia, en las fechas que la entidad define. El incumplimiento puede desencadenar investigaciones y actuaciones directas.
3. La nueva Circular Básica Jurídica
El 2 de julio de 2026, la Superintendencia expidió la Circular Externa 100-000020 de 2026 (nueva Circular Básica Jurídica) y la 100-000019 de 2026 (capítulos a la Circular Básica Contable). Cambian reglas de convocatorias, reuniones presenciales, no presenciales y mixtas, derecho de inspección, quórum y mayorías, y actas.
4. Registro Único de Beneficiarios (RUB) y otras cargas
Se olvidan actualizar el RUB, la designación de revisor fiscal cuando aplica, y mantener libros y registro mercantil al día.
Interpretación para el emprendedor
Arme un calendario societario propio, aparte del tributario.
Confirme si es reportante ante Supersociedades y anote su plazo.
Revise sus estatutos frente a la nueva Circular Básica Jurídica.
Si se le pasó la renovación mercantil, regularícela ya.
Apóyese en su contador o abogado societario.
Fuentes
Superintendencia de Sociedades — Circular Externa 100-000020 de 2026: supersociedades.gov.co
Siempre Al Día — Obligaciones societarias y mercantiles 2026: siemprealdia.co
Siempre Al Día — Renovación de la matrícula mercantil 2026: siemprealdia.co
Autor / Jefe editorial: Alejandro Herazo Mejía — Contador Público, Especialista en Gerencia Tributaria, Magíster en Auditoría, Doctorando en Economía y Finanzas.